Delito de Omisión de Asistencia Familiar
El comportamiento ilícito consiste en la omisión al cumplimiento de la prestacion de alimentos establecida por resolucion y/o mandato judicial. Art 149 Codigo Penal. Se configura el Delito de Omision Familiar cuando el obligado a prestar alimentos de acuerdo a una resolucion judicial deja de cumplir con la obligacion, sin que sea necesario que debido a tal incumplimiento se cause un perjuicio a la salud de los alimentistas